Aquí encontrarás toda la ayuda que ofrece el Gobierno de España debido a la crisis sanitaria provocada por el Coronavirus (COVID-19). Las ayudas oficiales aprobadas incluyen ayudas económicas para autónomos, pymes, familias y otros sectores estratégicos en dificultades. A continuación, te brindamos toda la información oficial brindada sobre los beneficios, los requisitos necesarios para optar a los mismos y qué trámites debes realizar.
El decreto de estado de alarma que finalizó el 21 de junio de 2020, que establecía restricciones a la circulación de todos los ciudadanos, tuvo consecuencias. Ha dado lugar a restricciones de jornada y de puestos de trabajo que han tenido un gran impacto económico en pymes, grandes empresas, autónomos y autónomos.
Actualizado el 3 de noviembre de 2020
El gobierno aprueba un nuevo subsidio de 430€ para los desempleados que perdieron su trabajo durante el primer estado de alarma decretado en España. El único requisito es haber cotizado un mínimo de 35 días antes de quedar desempleado. Puede ampliar la información pinchando en la siguiente imagen o enlace:
Se aprueba una prestación de 430 euros para los desempleados
Se aprueba una prestación de 430 euros para los desempleados
Por otro lado, también se ha aprobado una prórroga de la prestación económica extraordinaria por desempleo para artistas en espectáculos públicos.
ayuda estatal aprobada
El Real Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, aprobado por el Gobierno, recoge medidas económicas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo para frenar las consecuencias negativas de la crisis provocada por el COVID-19.
Este decreto va acompañado de 200.000 millones de euros para ayudar a todos los ciudadanos. Entre las ayudas más importantes se encuentran el ingreso mínimo vital, la moratoria en el pago de las hipotecas, la flexibilización de los ERTEs y una prestación especial para los autónomos que han visto reducidos sus ingresos por la crisis del coronavirus. Estas medidas proporcionan una herramienta clave para las empresas y los trabajadores.
Para intentar paliar las causas de la crisis, y tras la inyección económica acordada en la Unión Europea con una aportación total de 750.000 millones de euros entre dinero directo y préstamos. Los beneficios se extenderán en el tiempo para hacer frente a la crisis económica que afecta a todo el país.
Desde el sitio web de cursos SEPE Hemos recopilado todos los servicios oficiales y sus características específicas acordados por el Gobierno de España.
Ayudas para pymes
El gobierno español está intentando reducir el daño económico causado por el coronavirus a las pymes proporcionando ayudas. Y de esta forma conseguir su adecuada financiación y supervivencia para aportar valor.
Extensión del cobro de impuestos y tributaciones
Se aprueba por el gobierno de España un aplazamiento de 6 meses en el pago de impuestos y derechos para todas las declaraciones con fecha límite de presentación e ingreso hasta el 30 de mayo de 2020. A nivel local se aprueban medidas para frenar la aplazar el pago del IBI y del impuesto sobre vehículos de propulsión mecánica. Estas medidas tienen características diferentes para cada organismo local, consulte con su ayuntamiento para más detalles.
Aplazamiento de pagos de préstamos de la Secretaría General de Industria
Para poder optar a esta ayuda, las empresas deben cumplir dos condiciones:
- La primera es que el plazo de amortización debe ser Menos de 6 meses.
- segundo que queda demostró y justificó que el coronavirus ha tenido una incidencia directa sobre el negocio
Recuerda que esto es solo un aplazamiento de pagos y no una condonación de deuda.
ERTEs por coronavirus
El Gobierno de España ayudará a las empresas a pagar una parte de la cotización que deben pagar a la Seguridad Social. Las bonificaciones varían en función del número de trabajadores afectados por el Expediente de Regulación Temporal de Empleo.
- Empresas de menos de 50 empleados: el gobierno asumirá el 100% del aporte a la seguridad social.
- Empresas de más de 50 trabajadores: el gobierno asumirá el 75% de la cotización a la seguridad social.
Las empresas que acepten la utilización de la figura del ERTE no podrán realizar despidos durante un plazo de 6 meses desde la finalización del mismo.
Todos los trabajadores afectados por un ERTE cobrarán la prestación por desempleo del SEPE. Entre estos trabajadores se incluyen aquellos que en el momento del ERTE no hubieran acumulado el tiempo mínimo exigido por la ley para cobrar.
¿Problemas para cobrar los ERTEs?
Aunque una gran mayoría de trabajadores ya han cobrado las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE. Tal vez usted es uno de los que todavía no se les ha pagado ese beneficio.
A continuación puede encontrar más información sobre posibles problemas y soluciones para poder cobrar el ERTE.
Línea de avales de 100.000 millones de euros
El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha aprobado una Línea de Avales del Estado de hasta 100.000 millones de euros. intenta con ellos facilitar el mantenimiento del empleo y paliar todos los efectos económicos negativos de la crisis sanitaria.
Estas líneas de crédito aprobadas se han distribuido de la siguiente manera:
- Pymes y autónomos: 67.500 millones de euros
- Empresas no pymes: 25 mil millones de euros
- Sector turístico y actividades conexas: 2.500 millones de euros para autónomos y pymes.
- Adquisición o arrendamiento financiero u operativo de vehículos automóviles de transporte por carretera para uso profesional: 500 millones de euros para autónomos y empresas.
Ayudas para autónomos
Todos los trabajadores los autónomos pueden acceder a las ayudas aprobado por el gobierno para sofocar los efectos de la crisis sanitaria del COVID-19.
Aplazamiento o moratoria en el cobro de impuestos y derechos
Existen dos opciones para el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social de los autónomos debido a la crisis sanitaria del coronavirus:
- Moratoria: El Real Decreto-ley 11/2020, establece para los trabajadores autónomos: En su artículo 34, moratorias en las cotizaciones sociales a la Seguridad Social, de seis meses, sin intereses, correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2020 .
- Aplazamiento: En su artículo 35, diferimiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social cuyo plazo reglamentario de pago se produce en los meses de abril, mayo y junio de 2020, interesándose un interés del 0,5%.
Para acceder a estas ayudas se deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Solo se pueden aplazar pagos con un tiempo máximo de 6 meses.
- no carga sin intereses los 3 primeros meses de retraso
- Él deuda máxima permitida acumulado con la seguridad social es de 30.000 euros.
- Solo las empresas y los trabajadores autónomos que hayan declarado un volumen de facturación inferior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.
Suspensión de la cuota de autónomos
No hay ayuda ni beneficio. reducir o eximir completamente del pago de la cuota de trabajo por cuenta propia.
Extensión en pagos de préstamos a la Secretaría General de Industria
Esta medida es aplicable a todos autónomos que actualmente tienen deudas prescritos a nosotros o liquidados con la Secretaría General de Industria. Para poder acceder al diferimiento de cotizaciones se deben cumplir las siguientes condiciones:
- El plazo de devolución de las restantes cuotas deberá ser iMenos de 6 meses.
- tiene que ser totalmente argumentado y justificado que la crisis del coronavirus tiene un impacto negativo en el desarrollo económico de la empresa.
Podrán adherirse a una moratoria que les permita ajustar el calendario de pagos pera realizar los pagos dentro del período voluntario.
Ayudas al Sector Turístico
Para hacer frente a la crisis provocada en el sector turístico por la quiebra del grupo turístico británico Thomas Cook. El Gobierno de España ha aprobado una línea de financiación para todos los afectados de hasta 400 millones de euros.
Para poder optar a esta ayuda fuera de la crisis sanitaria del coronavirus se deben cumplir una serie de condiciones:
- Todas las empresas que se encuentren en mora no podrán hacer uso de esta ayuda.
- El importe máximo por cliente y año es de 500.000 euros, en una o varias operaciones
- El financiamiento se realizará bajo la modalidad de préstamo.
- Plazo de amortización de 1, 2, 3 ó 4 años con 1 año de carencia.
- Tipo de Interés Fijo, hasta un máximo del 1,5% (comisiones incluidas).
Prestación por cese
El Estatuto de los Trabajadores Autónomos ha equiparado las condiciones relativas al trabajo por cuenta propia, en cuanto a Protección social.
Por esa razón, el prestación económica por cese de actividad para cubrir las situaciones de cese de la actividad de los autónomos. Siempre que sean causados por una situación involuntaria (crisis sanitaria por coronavirus) y puedan ser debidamente justificados.
Ayudas para familias y particulares
El Gobierno, a través de un Real Decreto-Ley, establece medidas extraordinarias para apoyar a las familias más vulnerables. Estas medidas incluyen la ingreso mínimo vitalla moratoria en el pago de las cuotas hipotecarias, la protección de suministros básicos (electricidad, agua, etc.) y ayudas a personas mayores y dependientes.
Renta mínima vital
El Gobierno de España aprueba una prestación para aquellas familias que se han quedado sin trabajo por las consecuencias de la crisis sanitaria del coronavirus y no pueden llegar ingresos mínimos necesarios para vivir con dignidad. Por ello, se establece una prestación que va desde los 461,53 euros para un adulto individual, hasta los 1.015,37 euros para una unidad de convivencia formada por dos adultos y tres o más.
Para acceder a este beneficio es necesario tener residencia en España y estar en situación de vulnerabilidad tanto en el momento de la presentación de la solicitud como en sus revisiones.
Protección de suministros básicos
Se han tomado medidas extraordinarias para garantizar que las familias más vulnerables tengan acceso a todos los suministros esenciales.
Durante el tiempo del primer estado de alarma, las empresas de suministro de luz, gas, agua y telecomunicaciones no han podido cortar ningún suministro a los consumidores
Ayuda con los pagos de la hipoteca
El Real Decreto-Ley permite la moratoria en el pago de las cuotas hipotecarias a las familias que hayan quedado en situación de vulnerabilidad durante la crisis.
Esta medida es gestionada directamente por los bancos y puede ser utilizada por todas las personas que tengan un contrato de hipoteca para primera vivienda y que hayan perdido su trabajo o reducido drásticamente sus ingresos a causa de la crisis del COVID19.
600 millones de euros para proteger a mayores y dependientes
Desde el Gobierno central se realizará la transferencia de dinero a las comunidades autónomas para proporcionar beneficios esenciales a todos los ancianos y dependientes.
Beneficios para los trabajadores domésticos
El ejecutivo ha aprobado ayudas directas para todas aquellas trabajadoras del hogar que hayan perdido su empleo o hayan visto reducida su jornada. Todos ellos podrán beneficiarse de un beneficio directo y específico para su sectora pesar de no tener derecho a la prestación por desempleo.
Subsidios al sector agropecuario
El Ejecutivo ha aprobado una serie de medidas para los trabajadores del sector agrícola y ganadero. Estas medidas aprobadas incluyen:
La apertura y flexibilidad de los requisitos para firmar un contrato de trabajo en el sector: todas aquellas personas que se encuentren en situación de paro, afectados por ERTES, inmigrantes con autorización temporal de trabajo podrán trabajar con facilidad.
Estas medidas se toman con urgencia son compatibles con todas aquellas otras prestaciones que puedan ser aplicables al sector agrícola y ganadero.
Información actualizada
De momento estas son todas las ayudas y prestaciones aprobadas por el Gobierno de España para reducir el daño económico provocado por la crisis del coronavirus. La evolución del virus y posibles rebrotes dejan abierta la posibilidad de necesitar nueva ayuda.
Desde los Cursos del SEPE actualizamos toda la información disponible para ajustarla a los nuevos requisitos.