Prestación contributiva (Paro)

¿Estás sin trabajo? Te contamos todos y cada uno de los requisitos que necesitas para solicitar el paro y qué plazos tienes para gestionar esta prestación por desempleo.

Mujer solicitando prestación por desempleo

La prestación por desempleo, generalmente conocida y reconocida como “desempleo”, es la cuantía que percibirá el trabajador que se encuentre en situación de desempleo como consecuencia de la pérdida involuntaria del empleo. Es una prestación contributiva, ya que la cuantía dependerá de las aportaciones realizadas durante el tiempo que trabajaste.

1. Requisitos para solicitar el paro

Uno de los requisitos imprescindibles para poder beneficiarse de las prestaciones por desempleo es que la persona se encuentre en situación legal de desempleo, es decir, que haya cesado en su relación laboral por determinadas causas:

  • Despido. El despido se considera procedente, improcedente, colectivo o individual.
  • Termino del contrato.
  • Suspensión de empleo. Puede deberse a una regulación de empleo (ERE), al fallecimiento del empresario, oa la incapacidad total del trabajador.

Una vez que el trabajador se encuentre en una situación de desempleo legalmente prevista deberá acreditar además los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a alta.
  • Debes acreditar que dispones del tiempo necesario para la búsqueda activa de empleo además de firmar un compromiso de actividad.
  • Quedará dado de alta como demandante de empleo y mantendrá esta situación mientras dure la prestación.
  • En cuanto a las cotizaciones mínimas precisas, debe tener al menos trescientos sesenta días en los 6 años anteriores a su situación legal de desempleo.
  • No tendrás la edad de jubilación.
  • No debe recibir un beneficio que se considere incompatible con el trabajo.

2. ¿Qué documentación debo presentar?

Para solicitar la prestación por desempleo se deberá aportar la siguiente documentación:

  • Solicitud de beneficio de contribución impresa
  • Para la identificación del demandante y de los hijos que se incluyan en el formulario, se deberá presentar el Documento Nacional de Identidad (documento nacional de identidad) de todos. En el caso de extranjeros, deberán presentar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) o el Número de Identidad de Extranjero junto con el pasaporte.
  • Documento en el que conste el número de cuenta en la que desea recibir el beneficio. El demandante debe ser el titular de la cuenta facilitada.
  • En el caso de los presuntos imputados, se deberá aportar el libro de familia o cualquier documento equivalente en el caso de los extranjeros.
  • Los certificados de las empresas en las que ha trabajado el demandante en los últimos 6 meses. A menudo, las empresas ya realizan este trámite enviando la documentación directamente al SEPE.

Hay algunos casos concretos, como en el caso de haber impugnado un despido, en los que será necesario aportar alguna otra documentación. Para conocerlos, accede desde aquí.

Descarga el formulario para solicitar el paro:

3. Duración del desempleo

La duración del beneficio estará determinada por el total de aportes realizados en los últimos 6 años. No se computarán las aportaciones que hayan servido para recibir una prestación contributiva o asistencial anterior.

En el siguiente cuadro se muestran los días de prestación a los que tendremos derecho en función de los días que hayamos cotizado. El trabajo a tiempo parcial contará de la misma forma que un día trabajado independientemente del tipo de jornada trabajada.

DÍAS COTIZADOSDÍAS DE FUNCIONES
Del 360 al 539120
Del 540 al 719180
Del 720 al 899240
De 900 a 1.079300
De 1.080 a 1.259360
De 1.260 a 1.439420
De 1.440 a 1.619480
De 1.620 a 1.799540
De 1.800 a 1979600
De 1980 a 2.159660
Desde 2160720

4. ¿Cuánto recibiré en el paro en el dos mil dieciocho?

En cuanto a la cuantía que percibirá el adjudicatario de la prestación por desempleo dependerá de las bases de cotización de los últimos ciento ochenta días, de las que se obtendrá una media que será la base reguladora. No se tendrán en cuenta las horas extraordinarias.

La cantidad diaria a percibir corresponderá durante los primeros ciento ochenta días al setenta por ciento de la base reguladora. A partir del día ciento ochenta y uno se reducirá al cincuenta por ciento.

Además de ello, una vez realizados los cómputos, no tendrán que superar los encuentros máximos ni estar por debajo de los mínimos legalmente establecidos. Para el año dos mil dieciocho se fijan las siguientes cantidades:

Importe mínimo de la prestación contributiva

  • Sin hijos quinientos uno con noventa y ocho euros
  • Con hijos seiscientos setenta y uno con cuarenta euros

Cuantía máxima de la prestación contributiva

  • Sin hijos 1.098,09 euros
  • Un niño 1.254,96 euros
  • 2 niños o más 1.411,83 euros

La cantidad bruta resultante se ingresará a la Seguridad Social (4,7 por ciento de la base reguladora) y estará sujeta a deducciones en el IRPF en los casos previstos.

5. Calculadora de beneficios

Para poder calcular aproximadamente cuál será la cuantía a percibir por la prestación por desempleo, así como la duración exacta de la misma, puedes acceder al programa de autocálculo facilitado por el SEPE.

6. Plazos para solicitar el paro

El interesado dispone de un plazo de 15 días hábiles desde que finaliza la relación laboral que da lugar a la situación de desempleo.

Será posible presentar la petición a través de los siguientes canales:

  • Presencialmente en la Oficina de Empleo. La obtención de cita previa es imprescindible para poder gestionar cualquier prestación.
  • A través de la Sede Electrónica del SEPE.
  • También existe la posibilidad de gestionarlo en cualquier oficina de registro o por correo administrativo.

7. Prestación por desempleo para autónomos

En el caso de un trabajador por cuenta propia, tendrá derecho a percibir la prestación por desempleo si cumple los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y dado de alta en determinados regímenes singulares de autónomos.
  • Debes cotizar y tener cobertura de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Debe tener doce meses antes de la cotización.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación.
  • Estar al tanto de las cotizaciones a la Seguridad Social.
  • El cese de actividad debe ser por alguna causa involuntaria y debe estar predispuesto a incorporarse al mercado laboral.

8. Capitalización del paro

La capitalización del desempleo es una oportunidad para que ciertas personas inicien un negocio. Para ello, es posible solicitar el importe íntegro de la prestación por desempleo en un único pago. Los requisitos para optar a esta modalidad son los siguientes:

  • Tener derecho a prestaciones por desempleo.
  • Tener al menos 3 pagos mensuales por recibir.
  • No haber utilizado el pago único en los últimos 4 años anteriores a la solicitud.
  • Que los desempleados pasen a ser autónomos.
  • El interesado no ha iniciado la actividad con anterioridad a la solicitud de pago único de la prestación.

9. Solicitud de pago único para hijos menores de treinta años

Los jóvenes menores de treinta años podrán reclamar el pago único de la prestación por desempleo siempre que vayan a destinar la totalidad de su importe a constituir una empresa en el plazo establecido por la ley.

10. El derecho de elección

Si el beneficiario de la prestación por desempleo se reincorpora al puesto de trabajo y la duración del mismo es igual o superior a 12 meses, se produce un nuevo derecho a la prestación por desempleo.

En tal caso, la persona que no haya agotado previamente el beneficio anterior podrá optar entre reiniciar el beneficio anterior o aprovechar el beneficio generado con las nuevas aportaciones. Esta es lo que se conoce como derecho de elección.

Para ello, dispone de un plazo de diez días desde el reconocimiento de la prestación. Tendrás que pedirlo por escrito.

Para más información haga clic aquí.

Más información:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Ir arriba