Prestación para trabajadores temporales despedidos por el coronavirus

Toda la información actualizada para solicitar el subsidio para trabajadores temporales despedidos a causa de la crisis provocada por el coronavirus.

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Ya puedes solicitar el subsidio para trabajadores temporales despedidos como consecuencia de la crisis del coronavirus. Te contamos todo lo que necesitas saber sobre esta ayuda.

1. ¿Qué es exactamente el subsidio para trabajadores temporales despedidos por el coronavirus?

Este es un subsidio aprobado por el gobierno para trabajadores temporales despedidos durante la emergencia sanitaria causada por el COVID-19.

Este subsidio se anunció en forma paralela al subsidio para trabajadores domésticos; los dos son grupos que en un principio habían sido excluidos del resto de los mecanismos excepcionales habilitados.

El enorme número de extinciones temporales de contratos que se produjeron durante las primeras semanas del estado de alarma hizo que el Gobierno tuviera que garantizar unas mínimas ayudas a quienes se quedaban sin trabajo y no cumplían con las cotizaciones suficientes para tener derecho a una prestación.

Esta medida se aplica a quienes tienen un contrato de al menos un par de meses.

Así, la extinción del contrato debe haberse producido durante el estado de alarma, y ​​el trabajador debe acreditar que en el primer mes del año ya trabajaba con ese contrato.

Y es que el inconveniente estructural del mercado laboral sigue siendo la alta temporalidad. Casi tres millones de trabajadores tienen un contrato de menos de seis meses; y 240.000 en menos de un mes. Como en la crisis financiera del 2000, estas personas son las primeras en ser despedidas cuando cae la actividad empresarial.

2. ¿Cuál es el monto del subsidio?

La asignación para trabajadores temporales asciende a cuatrocientos cuarenta euros. Y tendrá una duración de un mes, y no deberán cumplir requisitos previos de gracia o transitorios.

3. ¿Cuáles son los requisitos para aplicar?

Los requisitos para solicitar la subvención son los siguientes:

  • Haber completado un contrato de al menos un par de meses.
  • Ese contrato ha finalizado durante todo el estado de alarma.
  • El trabajador no debe tener cotizaciones suficientes para solicitar otra prestación o subsidio.
  • Falta de ingresos: no puede superar el setenta y cinco por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (712,50 euros mensuales).
  • Debes estar registrado como demandante de empleo en las oficinas del SEPE.

4. ¿Cómo se solicita este subsidio para trabajadores eventuales?

Desde el 5 de mayo de 2020 se puede solicitar esta ayuda al Servicio Público de Empleo (SEPE), y hasta un mes una vez finalizado el estado de alarma.

Para ello, rellene este formulario, y cuando esté correctamente cumplimentado, envíelo a través de la propia página.

5. ¿Cuántos trabajadores temporales pueden perder su trabajo debido al coronavirus?

El cuarenta por ciento de los contratos temporales se destruyeron en la crisis anterior, pero de forma paulatina. Ahora el efecto es considerablemente más concentrado.

Los especialistas en la materia proponen 2 escenarios posibles, uno más optimista y otro más fatalista, aunque reconocen que es más probable que estemos más cerca del peor de los casos:

  • El primer escenario apunta a la destrucción o renovación de doscientos cuarenta contratos temporales.
  • El segundo señala que casi 1 millón de contratos temporales podrían ser destruidos o no renovados.

El hecho de que haya márgenes tan amplios se debe a que en este momento es realmente bastante difícil hacer proyecciones.
Sin embargo, algunos expertos coinciden en que una de las medidas macroeconómicas más efectivas es asistir a los trabajadores más precarios.

Estas personas tienden a destinar sus ingresos al consumo, y este comportamiento compensa la caída del gasto de los hogares que se prevé a raíz del Covid-19.

6. ¿Esta subvención es compatible con otras ayudas o prestaciones?

La subvención es incompatible con cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social u otras ayudas equivalentes concedidas por las Administraciones Públicas. Tampoco es compatible con las prestaciones por desempleo existentes.

El Gobierno ha introducido esta subvención en un RD-ley de medidas urgentes para paliar el impacto económico y social del coronavirus, entendiendo que la situación de este colectivo debe ser atendida con medidas inusuales, debido a la baja posibilidad de que se encuentren las personas que lo integran. otro trabajo durante la crisis sanitaria.

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