Salario Social Básico ¿Qué es y quién puede solicitarlo?

El Salario Social Básico es una de las ayudas más demandadas por los ciudadanos españoles. Especialmente aquellos con problemas económicos o en riesgo de exclusión social.

Esta prestación depende de la Comunidad Autónoma en la que resida actualmente el solicitante. Por ello, es necesario conocer todos los requisitos y procedimientos para obtener la concesión del mismo.

Esta ayuda es para todas aquellas personas o unidades familiares que por diferentes motivos no tengan posibilidad de acceder a otro tipo de recursos económicos o subvenciones.

En el siguiente artículo te mostraremos todas las características de este servicio. Además, realizará todos los pasos necesarios para completar la solicitud correctamente.

1. ¿Qué es el Salario Social Básico?

Este es uno ayuda económica mensual que complementa otras ayudas o beneficios para asegurar que el ciudadano esté en condiciones de cubrir todas sus necesidades vitales básicas y pueda desarrollar una vida digna.

este beneficio actúa directamente sobre las unidades económicas familiares y no sólo sobre individuos particulares.

Cabe recalcar que el Salario Social Básico no sustituye a ninguna otra prestación económica activa, sino que la complementa hasta alcanzar el ingreso mínimo establecido por ley para ese año.

Esta ayuda la aportan las distintas Comunidades Autónomas adheridas a este plan de prestaciones. Y por lo tanto el nombre y los requisitos varían entre las diferentes áreas geográficas.

Otras denominaciones que tiene el Salario Social Básico son:

  • Renta Mínima de Inserción Social
  • Renta de Inserción
  • Renta Social
  • Beneficio de Inserción
  • Renta Mínima de Inserción
  • Ingreso Mínimo Solidario
  • Ingreso de Ciudadanía Garantizado
  • Renta Mínima de Inserción Social
  • Renta de Inclusión
  • Renta Social Básica Prestación Económica
  • Renta Básica de Inserción
  • Renta de Integración
  • Renta Garantizada
  • Renta de Garantía de Renta
  • Renta Mínima de Inserción
  • Renta de Inclusión Social
Salario Social Básico ¿Qué es y cómo solicitarlo?

2. ¿Cuánto se paga del Salario Social?

El monto a cobrar por el salario social básico se establece de acuerdo al número de miembros que formen parte de la unidad económica familiar o de convivencia.

Según la última ley publicada sobre el Salario Social Básico, se establecen los siguientes montos en relación con el número de personas de la unidad familiar o de convivencia:

Número de personas unidad familiarImporte máximo a recibir
1 persona448,28 euros
2 personas546,89 euros
3 personas618,62 euros
4 personas690,33 euros
5 personas721,72 euros
6 o más personas739,65 euros

Estas cantidades se pueden ver aumentó hasta en un 5% si entre las personas que forman parte de la unidad de convivencia se encuentra al menos una persona con una discapacidad reconocida de al menos el 45%.

Requisitos para solicitar un Salario Social en Asturias y Andalucía

3. ¿En qué provincias se puede aplicar?

El Salario Social Básico se puede solicitar en todas y cada una de las Comunidades Autónomas de España. Puedes ampliar información sobre cada uno de ellos pinchando en el siguiente listado:

Recuerde que aunque el principio básico de el funcionamiento es el mismo en todas las comunidades cada uno tendrá un nombre diferente para la ayuda.

4. ¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?

Cada comunidad autónoma tiene su propia requisitos y obligaciones para poder solicitar el salario social básico. Pero hay algunos requisitos comunes a todas las administraciones regionales que son los siguientes:

  • Tener un certificado de registro válido más de 1 año en una de las localidades de la comunidad donde se solicita el beneficio.
  • Al igual que ocurre con el SEPE, el ciudadano que solicita esta ayuda tendrás que realizar y asistir a todas las formaciones y charlas orientativas que te ofrece la comunidad para conseguir un trabajo remunerado.
  • En el momento de la solicitud el ciudadano debe han agotado por completo todos los beneficios y SIDA concedido por la Oficina Pública de Empleo Estatal (SEPE).
  • El ciudadano solicitante no debe tener ningún tipo de ingreso recurrentes por otros medios distintos del trabajo. Por ejemplo rendimientos inmobiliarios o salarios en especie.

5. ¿Qué documentos debemos presentar en el momento de la solicitud?

Documentos necesarios para poder tramitar la solicitud de la ayuda o prestación denominada Salario Social Básico:

  • Aplicación en modelo estándar para cada comunidad.
  • Libro familiar.
  • Historial de registros colectivos actualizado.
  • Certificado de convivencia que acredite esta circunstancia.
  • Declaración responsable según modelo estándar.

En caso de existir unidad familiar o de convivencia caso de violencia de genero:

  • Orden de protección o cualquier otra orden judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima.
  • Las situaciones de violencia de género también podrán acreditarse mediante informe de los servicios sociales, servicios especializados o servicios de acogida a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente.

En caso de cambios en la percepción de prestaciones o subvenciones del SEPE o de la Seguridad Social:

  • Declaración responsable según modelo estándar indicando: Tipo de prestación, subsidio o pensión, Fecha de inicio y/o finalización y Cuantía

En caso de venta de bienes raices en que residía:

  • Copia de escritura pública de compraventa

En caso de querer aplicar cambio de propiedad a favor de otro integrante de la unidad económica de convivencia:

  • Modelo de exención estándar
  • Solicitud de prestación de un salario social básico (según formulario de solicitud de la prestación) con todos los documentos adjuntos cumplimentados y firmados por quien pasa a ser titular

En el caso de que el fallecimiento del titular de la prestación y la persona que vive en la unidad económica de convivencia desea optar a ser propietario de la misma:

  • Solicitud de salario social básico y anexos

En caso de solicitud de bajo rendimiento por no cumplir con los requisitos:

  • Declaración responsable según modelo estándar

6. ¿Cuándo ingresa el Salario Social?

Una vez aprobada, la ayuda se abonará directamente en la cuenta bancaria facilitada en el momento de la solicitud entre el 1 y el 10 de cada mes.

Cuánto cobrar por Salario Social Básico o Renta Mínima de Inserción

7. ¿Cuánto tiempo lleva aprobar o rechazar la solicitud?

Cada Comunidad Autónoma tiene sus propios tiempos de respuesta para las solicitudes. Pero es normal tener uno. resolución a nuestra petición en unos 2 meses.

La resolución puede ser negativa, o la propia administración puede solicitar nueva documentación o datos sobre la solicitud tramitada.

En ocasiones el estudio de estos beneficios en algunas comunidades ha llegado a tener un tiempo de espera de hasta 10 meses.

8. ¿Cómo sé si mi salario ha sido aprobado?

La resolución a nuestra solicitud de Salario Social Básico será notificado mediante carta certificada a nuestra dirección postal facilitada en el momento de la solicitud.

Además, cada comunidad autónoma publicará todas las resoluciones en los diferentes Boletines Oficiales de cada territorio. Esta es una obligación de prueba legal y vinculante.

9. ¿Puedo comprobar el estado de la archivo de Internet?

Si dispones de certificado digital o cl@ve PIN, puedes utilizar la Sede Electrónica de la Seguridad Social para consultar el estado del expediente de la solicitud del Ingreso Mínimo Vital. También puedes consultar el estado de la prestación del IMV si conoces el número de solicitud y el DNI del interesado. Para hacer esto, siga estos pasos:

  • Primero acceda a la web oficial de la seguridad sociall para realizar esta consulta.
  • A continuación, deberá rellenar y completar las casillas correctamente:
    • Código de aplicación
    • Número de identificación
  • También debe marcar la casilla «No soy un Robot» para poder realizar la consulta.
  • Y finalmente, haz clic en el botón amarillo que dice «OK».

10. Más información

Puede encontrar más información en las páginas web de cada uno de los administraciones regionales. O en la sede o ayuntamiento del municipio donde resides.

11. Otros enlaces de interés

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Ir arriba