Se aprueba una prestación de 430 euros para los parados

Desde el Gobierno, y en concreto la ministra de Trabajo Yolanda Díaz ha anunciado que hoy martes 3 de noviembre de 2020 se aprueba una subvención extraordinaria de 430 euros para todos aquellos desempleados que hayan agotado sus prestaciones entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020.

O lo que es lo mismo, los que se hubieran quedado en el paro durante el periodo del primer estado de alarma decretado por el gobierno.

Prestación por desempleo 430 euros

La cantidad que recibirá cada desempleado que cumpla los requisitos asciende a 430 euros. Y puedes cargarlo y extenderlo en el tiempo por 3 meses.

Se trata de una ayuda específica para aquellos trabajadores que en ese momento no hayan encontrado trabajo y que tampoco tengan derecho al Ingreso Mínimo Vital.

Esta medida choca directamente con el Ministerio de Economía que dirige Nadia Calviño, que se opuso al subsidio.

1. ¿Cuánto es el subsidio que puedo recibir?

La cifra a percibir se ha fijado en 430 euros, lo que corresponde al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

2. ¿Cuántos parados o paradas se pueden beneficiar de esta medida?

Según estimaciones del Gobierno, este subsidio puede llegar hasta 250.000 desempleados.

3. ¿Cuántos días de cotización necesito para acceder a esta ayuda de 430 euros?

Según la propia ministra, podrán acceder a este subsidio todos aquellos desempleados que tengan un mínimo de 35 días de cotización.

4. ¿Existen otras ayudas complementarias?

Junto a esta nueva ayuda, también se ha aprobado un subsidio de desempleo para todos para el personal técnico o auxiliar en actos u obras culturales, que puede llegar a otras 10.000 personas.

Por otro lado, se ha prorrogado hasta el 31 de enero de 2021 la prestación económica extraordinaria por desempleo para artistas en espectáculos públicos. En concreto, 35.000 trabajadores podrán beneficiarse de esta ayuda.

5. ¿Dónde puedo solicitar esta prestación o subvención?

La gestión del subsidio especial corresponderá al Servicio Público de Empleo Estatal SEPE como entidad gestora de las funciones y servicios derivados de las prestaciones de protección por desempleo. Puedes hacer una cita aquí:

6. Requisitos necesarios para poder acceder a esta subvención

Para poder solicitar esta nueva subvención de 430 euros durante 90 días hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber dejado de percibir por agotamiento, entre el 14 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive, alguna de las siguientes prestaciones:
    • Prestación por desempleo, de nivel contributivo, regulada en el Capítulo II del Título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
    • Prestación por desempleo en cualquiera de las modalidades reguladas en el Capítulo III del Título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
    • La prestación extraordinaria por desempleo regulada en la disposición adicional vigésima séptima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
    • Ayudas económicas vinculadas al Programa de Renta Activa de Inserción (RAI) para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, regulado en el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre.
  • Estar en situación de paro total y dado de alta como demandante de empleo en el servicio público de empleo SEPE.
  • La falta de derecho a la protección por desempleo contributiva o asistencial regulada en el Título III del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social o a cualquiera de las ayudas o prestaciones enumeradas en el apartado.
  • No ser beneficiarios de renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública.
  • En caso de haber trabajado por cuenta ajena después de la extinción del último derecho reconocido, haber cesado en dicho trabajo con situación legal de desempleo.
  • No haber alcanzado la edad requerida para acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.

7. Plan para la Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española

Por último, Pedro Sánchez, presidente del Gobierno de España, tiene previsto iniciar la próxima semana una ronda de visitas a la Comunidad Valenciana para detallar y preparar los alcances del ‘Plan para la Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española’ que se está llevando a cabo finalizado por el ejecutivo.

Según María Jesús Montero, “necesitamos vuestra ayuda para hacer efectiva esta medida”. Hace un llamamiento a los presidentes autonómicos ya todos los agentes sociales y empresariales para que participen y trasladen todas sus dudas durante la ronda de visitas que se adaptará a la agenda del presidente.

8. ¿Cuándo puedo solicitarlo?

Esta subvención sólo estará disponible para solicitarentre el 6 de noviembre y el 30 de noviembre de 2020 ambos inclusive. Dirígete a tu oficina del SEPE más cercana para solicitarlo.

9. Más información

10. Otros enlaces de interés

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