Cómo dar de alta a una empleada del hogar

¿Quieres contratar legalmente a una trabajadora del hogar? En este artículo te mostramos todos los pasos necesarios para completar los trámites y poner en situación laboral legal al servicio contratado.

Contratar una empleada domestica en España

Las personas que están detrás de la profesión de la limpieza han visto su situación laboral legal siendo desatendida por gran parte de la sociedad. Por ello, en 1985, a través del Estatuto de los Trabajadores, se abordó la regularización creando el Sistema Especial para Empleados de Hogar.

A través del siguiente artículo te mostraremos todos los características que rigen este régimen especial. Y una guía con todos los trámites necesarios para proceder a la regularización de una trabajadora del hogar.

1. ¿Qué es un trabajador doméstico?

Los trabajadores domésticos son todos aquellos profesionales que realizan trabajos de limpiezacocina o mantenimiento de instalaciones dentro de una casa o propiedad privada.

2. ¿Debe un trabajador doméstico tener un estatus regular de Seguro Social?

Es necesario que todos los profesionales del hogar que realicen un trabajo continuo estén dado de alta en el Sistema Especial de Empleadas de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social Española. Aunque hay excepciones:

  • Empresas jurídicas o profesionales que ya estén registrados como profesionales en la SS.
  • Cualquier tipo de trabajo realizado por familiares.
  • O si el trabajo realizado es por amistad, caridad o benevolencia.

Es decir, todos aquellos profesionales no se debe regularizar el servicio contratado a través de una empresa o por cuenta propiaporque anteriormente el trámite se ha realizado de forma individual y ajena al empresario.

También estarán exentos de realizar este trámite trabajo realizado por parientes directos. Es decir, cuando se necesite la ayuda continua de un familiar y éste realice tareas correspondientes a los profesionales del hogar no deberá registrarse.

3. ¿Quién debe registrar al trabajador social para el ama de llaves?

Es el dueño de la casa o propiedad. encargado de gestionar y realizar todos los trámites necesarios para regularizar la situación de su trabajador.

En este caso el empleador es la persona que recibirá los servicios de los profesionales del hogar, y por tanto, es responsable de gestionar adecuadamente la regularización del personal contratado.

Documentos necesarios para tramitar la inscripción

4. ¿Cómo puedo dar de alta a mi Empleado Doméstico en el Sistema Especial?

Este trámite es uno de los más habituales dentro de la Seguridad Social, por ello puedes realizar la regularización a través de una de estas dos opciones:

  • En línea a través de la web de la Seguridad Social. Es necesario tener instalado Cl@ve.
  • En persona en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

Si desea acceder a la sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), puede hacerlo haciendo clic en el siguiente botón azul:

Una vez dentro de la web te será muy fácil seguir todos los pasos para procesar con éxito nuestra solicitud alta en el Sistema Especial de Empleados de Hogar.

5. ¿Qué documentación se requiere aportar?

En función del formulario elegido para proceder a la presentación de la solicitud, la documentación o datos a presentar pueden variar. Por ello dejaremos dos apartados diferenciados:

En línea (Internet)

Para poder solicitar el alta en el régimen deseado dentro de la web de la Seguridad Social, debemos cumplimentar los siguientes campos:

  • Detalles del empleador: Son todos los datos personales de la persona física que va a realizar el trámite así como los pagos de las cotizaciones al sistema de seguridad social. Entre los datos necesarios para completar se encuentra el Código de cuenta de cotización (CCC) que es código que facilita la SS como empresarios individuales.
  • Datos del empleado de hogar que realizará el trabajo: Es necesario conocer todos los datos personales, así como su número de la Seguridad Social (NUSS) para poder realizar el trámite.
  • Detalles del contrato o empleo: En esta sección debemos indicar todos los detalles de nuestro contrato de trabajo para que quede registrado legalmente. Por lo que será necesario conocer el número de horas trabajadas, el salario a percibir por el trabajador, la fecha de inicio del contrato, así como la finalización del mismo en caso de que la hubiere. remuneración en especie, si el trabajador va a pernoctar en la vivienda, etc.).

Como se trata de un trámite en línea. es recomendable que estén presentes las dos personas interesadas en la regularización en el momento de la aplicación. Para poder completar cualquier dato que no haya sido contemplado previamente.

Presencial (Oficinas)

Para poder realizar este trámite en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social debemos pedir cita en la oficina más cercana a nuestro domicilio. Puede solicitar una cita por internet, teléfono o SMS haciendo clic en el siguiente botón:

Una vez que tengamos nuestra cita, debemos preparar y llevar con nosotros la siguiente documentación:

  • DNI, NIE o pasaporte del empleador
  • También el DNI, NIE o pasaporte del trabajador
  • El contrato de trabajo completo en formato papel (2 copias)
  • La solicitud de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Seguridad Social ha sido cumplimentada.
  • Debemos tener nuestra propia cCódigo de cuenta de cotización (CCC). Si aún no tienes uno, debes completar el siguiente formulario.

Toda esta información será revisada y validada en el momento de la entrega y si todo está correcto la descarga será efectiva en ese momento. O en la fecha señalada en el contrato que marca la relación laboral.

6. ¿Cuáles son los plazos para dar de alta a una trabajadora del hogar?

Este procedimiento debe realizarse siempre antes del inicio de la relación laboral. Y solo se puede hacer con uno máximo 60 días de antelación. Como indicábamos al principio, esta es una obligación del empleador y no del trabajador.

Si el trabajador doméstico hace sus deberes y estos no llegan a las 60 horas por mes para su empleador. Está el trabajador podrá realizar el trámite por su cuenta acuerdo previo con el empleador.

Si se hace así es el trabajador doméstico que correrá con los gastos y cotizaciones a la seguridad social.

Nómina completa de una trabajadora doméstica

7. ¿Puedo hacer modificaciones posteriores o dar de baja al trabajador?

Así como el procedimiento de alta en el Sistema Especial, tanto por vía electrónica como presencial. nos permiten hacer modificaciones o cancelaciones.

Las modificaciones pueden ser de acuerdo con los términos del contrato (Contrato). Asi que se puede modificar a posteriori número de horas trabajadas, salario, tipo de contrato, vacaciones…

Por otro lado el sistema también nos permite gestionar y tramitar la rescisión en el sistema especial de empleados domésticos. Esta gestión debe hacerse ssiempre dentro de los 3 días siguientes a la finalización del contrato trabaja.

8. ¿Cuánto debo pagar a un ama de llaves?

El salario mínimo que debe pagar un trabajador doméstico que trabaja 40 horas a la semana es igual al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) marcado por la ley para ese momento. Si desea conocer el salario mínimo durante este año, haga clic en el siguiente enlace:

El empleador debe hacer una nómina la cual será entregada al trabajador junto con la transferencia o pago de su trabajo.

En el caso de que el contrato sea a tiempo parcial, el empleador deberá pagar el trabajador en precio mínimo indicado por hora dentro del salario interprofesional fijado por la ley.

9. ¿Debo aplicar retenciones en el IRPF al trabajador doméstico?

Según el sistema especial de empleados del hogar de la Seguridad Social. El empleador no tiene obligación a retener el IRFP (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Será el propio trabajador quien en su declaración de la renta anual y en función de su situación personal deberá regularizar su situación con la agencia tributaria.

Aún así, esta bodega si puede ser aplicado por el empleadorbeneficiarse de los plazos de pago a la administración o recibir algún tipo de ayuda económica autonómica que le beneficie.

Honorarios a pagar por una trabajadora del hogar en España

10. Aparte del salario del trabajador, ¿pagaré algo más?

Y. El empleador debe hacerse cargo de las contribuciones a la seguridad social del empleado o trabajador dependiente. Estos aportes se pagarán mensualmente y variarán en función del salario percibido por el trabajador doméstico.

Para calcularlos debemos mirarlo salario que vamos a pagar a nuestro trabajador mensual. A continuación buscaremos en la tabla su correspondiente cotización en euros.

TranvíaRemuneración mensual / mesBase de cotización euro/mes
1. °Hasta 240.00206.00
2.ºDe 240.01 a 375.00340.00
3.°De 375.01 a 510.00474.00
4.ºDe 510.01 a 645.00608.00
5.ºDe 645.01 a 780.00743.00
6.ºDel 780.01 al 914.00877.00
7.ºDe 914,01 a 1.050,001,050.00
8.ºDe 1.050,01 a 1.144,001,097.00
9.ºDe 1.144,01 a 1.294,001,232.00
10.ºDesde 1.294,01Pago mensual

Posteriormente tendremos que aplicar lo siguiente porcentajes en la tabla de contingencia común:

CONTINGENCIASEMPLEADORTRABAJADORTOTAL
Común23.604.7028.30

Es decir, multiplicaremos la base de cotización por 23,60% del empleador y 4,70% del trabajador saber el total que tendremos que pagar a la Seguridad Social.

Tomemos un ejemplo:
A nuestra trabajadora doméstica se le cobrarán 350 € al mes por su trabajo (es decir, de 35 horas a 10 € la hora).
Su base de cotización corresponde al tramo 2. Es decir 340€ al mes.
Ahora tenemos que multiplicar 340€ por 28,30% (23,60 + 4,70) para saber el porcentaje real a pagar.
Por tanto la cuota mensual a pagar a la seguridad social en este ejemplo es de 96,22€.

11. ¿Existe algún tipo de ayuda o bonificación por la contratación de empleadas domésticas?

El gobierno está ofreciendo actualmente uno Reducción del 45% en las cotizaciones a la seguridad social para familias numerosas que han contratado a una sola empleada doméstica.

También existen diferentes ayudas en función de la comunidades autónomas o municipios donde se encuentra la dirección.

Por eso es necesario ir a una posición de informacion local para poder ampliar esta información.

12. Más información

  • Puede ampliar la información accediendo a la web de la TGSS y al apartado específico para regímenes especiales de trabajadores domésticos.

13. Otros enlaces de interés

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